EL ALUMBRADO PÚBLICO ES UNA TASA MUNICIPAL

El alumbrado público es una Tasa municipal que desde el año 1989 se cobra a los asociados en la factura de energía eléctrica.
Así lo dictaron las distintas ordenanzas asociadas a través de años, como así también la forma de cálculo del mismo.
Son algunas de estas:
• Nº 1185 y su Decreto Reglamentario Nº 408/89,
•  Modificado por lo decretos Nº 455/90, 200/92 (31/10/2000)
• Ordenanza Nº 1486/96 y sus modificatoria 1711/00y 2059/06
•  Entre otras
Mensualmente, medidores distribuidos por zonas en  toda la ciudad miden el consumo de las farolas de alumbrado.
Los Kws registrados, se le facturan al Municipio a valor de los cuadros tarifarios vigentes.
Estos consumos son estacionales y varían según la época del año, de acuerdo a la cantidad de horas de luz natural.
En lo que va del año se registraron:
Meses: KW Mensuales A.P.
– Enero 460.408
– Febrero 353.129
– Marzo 371.735
– Abril 383.881
– Mayo 476.289
– Junio 478.517
– Julio 524.926
– Agosto 501.184
Una vez facturados, la idea de la ordenanza es recuperar estos costos.
En los últimos cambios tarifarios, hubo incrementos  elevados en los valores  de alumbrado que rondaron cerca de 400% en lo que va del año. Esos aumentos afectan directamente el cálculo determinado por la ordenanza y por consecuente se trasladan a los asociados.
2024-09-10T23:10:01-03:00 10/09/2024|Electricidad, Generales|